10 enero, 2026

Con amparo judicial, se mantiene Rocha Cantú como testigo protegido

Martín Aguilar

Raúl Rocha Cantú, empresario regiomontano y copropietario de Miss Universo, obtuvo una resolución judicial que de momento le permite continuar como testigo colaborador de la Fiscalía General de la República (FGR), y no se ejecute la orden de aprehensión que se libró en su contra por delincuencia organizada, tráfico de armas, operaciones con recursos de procedencia ilícita y delitos en materia de hidrocarburos; el Ministerio Público federal puede solicitar que se revoque.

El juzgado primero de distrito en materia penal, con sede en Monterrey, Nuevo León, a cargo del juez Mario Jorge Melo Cardoso, otorgó una suspensión definitiva que permite que “las cosas queden en el estado” que guardaban hasta en que se presentó la solicitud de amparo, interpuesto para combatir la decisión de la FGR de revertir el acuerdo con el cual se otorgó el criterio deoportunidad al copropietario de Miss Universo para ser testigo colaborador y aportar información del grupo delictivo del que formaba parte.

En la resolución dada a conocer a través del sistema de notificaciones del Órgano de Administración Judicial (OAJ), el juez señaló que la suspensión definitiva (que aún puede ser analizada y revocada o ratificada por un tribunal colegiado) tiene como efecto que no se suspendan los efectos del acuerdo que le otorga la calidad de testigo colaborador.

El criterio de oportunidad le fue concedido en las últimas semanas de Gestión de Alejandro Gertz Manero como titular de la FGR a fin de obtener mayor información del grupo encabezado por el perredista y ex candidato a alcalde de San Martín de las Pirámides, en el estado de Mé-xico, y que importó cantidades millo-narias de combustibles que fueron introducidos ilegalmente desde Estados Unidos y Guatemala a territorio mexicano; el grupo delictivo también compraba armas de fuego, que eran vendidas al cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) y a la Unión Tepito, entre otros delitos.

La suspensión obtenida tiene “efecto de que las cosas permanezcan en el estado que actualmente guardan y, de manera específica, para que no se ejecuten ni produzcan los actos reclamados en la ampliación acordada el 15 de diciembre del año en curso, consistentes en el acuerdo mediante el cual la autoridad responsable determinó la revocación del criterio de oportunidad previamente otorgado al quejoso, hasta en tanto se resuelva sobre la ejecutoria que en su caso se dicte dentro del juicio principal” del amparo, señala la lista de acuerdos.

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