4 octubre, 2026

SAT, ANAM y ATDT amplían plazo para presentar la Manifestación de Valor Electrónica

Rebeca Marín

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) anunciaron una extensión en el plazo para presentar la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), fijando como nueva fecha límite el 31 de octubre de 2026.

En un comunicado conjunto, las dependencias señalaron que esta medida tiene como propósito otorgar a los usuarios del comercio exterior un margen adicional para realizar las adecuaciones operativas necesarias y familiarizarse plenamente con el nuevo esquema electrónico.

La MVE es un documento digital en el que los importadores declaran que el valor de sus mercancías en aduana es el correcto. Este valor es la base para calcular impuestos como el IVA y el IEPS. La manifestación es fundamental para el sistema de recaudación porque asegura que se paguen los impuestos justos, evitando que la gente evada las reglas y que haya competencia justa en el mercado.

Esta no es la primera modificación o ampliación que sufre el calendario de implementación. La disposición actual se dio a conocer en la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026, un documento que actualiza el transitorio Décimo Primero de las RGCE originalmente publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2025, las cuales ya habían registrado posteriores modificaciones.

Una vez concluido este plazo, la transmisión de la MVE se realizará de manera gradual a partir del 1 de noviembre de 2026 a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE), distribuyéndose según el régimen aduanero de las mercancías.

El esquema iniciará con las operaciones de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado el 1 de noviembre de 2026, seguido por el régimen de recinto fiscalizado estratégico el 15 de noviembre de 2026, y el tránsito de mercancías el 1 de diciembre de 2026.

La transición continuará con el depósito fiscal el 15 de diciembre de 2026, la importación temporal el 1 de enero de 2027 y, por último, la importación definitiva el 15 de enero de 2027.

Para suavizar la transición, las autoridades aduaneras y fiscales mantendrán facilidades que simplifican el cumplimiento de la MVE. Los usuarios no tendrán la obligación de transmitir de forma independiente los documentos de transporte de mercancías, el certificado de origen o el documento que acredite la garantía en la cuenta aduanera, siempre y cuando estos archivos se adjunten al pedimento respectivo.

Adicionalmente, se permitirá el envío de un formato único con la información general de los contratos asociados a la MVE, lo que evitará la carga individual de cada contrato en la plataforma de la VUTCE.

Con estas acciones, el gobierno busca avanzar en la modernización y digitalización de los procesos aduaneros, promoviendo una gestión más eficiente y transparente.

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