29 octubre, 2026

Corte avala que plataformas de financiamiento colectivo retengan ISR

Rebeca Marín

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este miércoles una regla del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que obliga a las plataformas de financiamiento colectivo, conocidas como crowdfunding, a retener y enterar al fisco el impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente a los intereses que pagan a sus inversionistas.

Estas empresas funcionan como intermediarias entre personas o negocios que necesitan préstamos e inversionistas que aportan los recursos.

Por unanimidad, el pleno de la Corte aprobó el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, que negó un amparo a la plataforma mexicana Doopla.mx contra la regla 3.16.13, contenida en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, que establece dicha obligación para las instituciones de financiamiento colectivo (IFC).

La empresa argumentaba que el SAT había creado una nueva obligación fiscal sin respaldo legal.

Sin embargo, la Corte determinó que esta obligación ya está prevista en la Ley del ISR y que la regla únicamente precisa que corresponde a dichas plataformas cumplirla.

“Las reglas impugnadas solo dan la identidad exacta a las personas que deben cumplir estas obligaciones, es decir, de un retenedor que sí está considerado en la Ley del ISR”, sostuvo.

El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, destacó que el caso sienta un precedente sobre las obligaciones fiscales de las plataformas de financiamiento colectivo, un modelo de negocio relativamente nuevo.

“Es una problemática interesante, novedosa, porque se trata de estas plataformas que captan inversionistas y, a su vez, dan préstamos, cobran los intereses y se lo entregan al inversionista”, señaló.

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