Abogados del FNJ defienden a la Constitución cuando AMLO ordena desobedecer los dictámenes de la Corte
Martín Aguilar
Posicionamiento respecto a la declaración presidencial de AMLO de hace unos días publicada en medios nacionales, respecto a “ordenar a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, SSP, desobedecer los mandatos de los jueces, cuando éstos ordenen acatar una resolución de que se trate.
El artículo 16 constitucional establece que “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento, que complementado con el artículo 17 constitucional significa “solo un juez del fuero común o federal, es quien determina la afectación a la esfera jurídica de los justiciables o ciudadanos.
Carece de toda validez jurídica y representa una invasión a la autonomía del poder judicial dicha declaración que, aún siendo presidencial, solo deja visualizar un desconocimiento del capitulado de nuestra carta magna y a todas luces intenta influir en sus subordinados al frente de diversas instituciones a efecto de violentar el orden constitucional establecida por el constituyente permanente, mismo que no se ha manifestado sobre el particular, al igual que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que es doblemente grave.
El estado y sus instituciones tienen mecanismos legalmente establecidos para recurrir cualquier determinación judicial de que se trate y si no lo ha hecho, es porque no existen en algunos casos argumentos fundados y motivados para hacerlo, incluido el juicio de garantías o juicio de amparo, lo que un estudiante de primer semestre de leyes sabe, pero parece que los asesores del presidente y el mismo no entienden, lo que es mucho más grave.
Imaginemos que el día de mañana un gobernante influye en la población para romper el orden constitucional establecido en cualquier nivel de gobierno, el resultado sería indudablemente el caos.
Demandamos mesura, inteligencia y sabiduría de estadista pero sobre esto el conocimiento y cumplimiento de las leyes a cualquier funcionario público que haga este tipo de declaraciones, que pueden ser también constitutivas de un ilícito como la apología del delito, sancionable por las leyes federales y estatales del país.
La máxima democrática es la de gobernar obedeciendo la ley, su mandato es gobernar del lado de la voluntad democrática de los mexicanos, pero obedeciendo la norma que se protesta guardar y hacer guardar.
Podemos resumir como lo dice Lasalle:
“Una constitución escrita corresponde a una constitución real, que tiene su raíz en los factores de poder que rigen al país, de ahí que cuando una constitución escrita no corresponda a una real, se da un conflicto que hay que atender tarde o temprano; Porque la constitución escrita que es una hoja de papel, sucumbe ante el empuje de la constitución real, la que se forja a lo largo de años de derecho constitucional y no proveniente de la ocurrencia del poder”
El poder legislativo legisla, el poder ejecutivo ejecuta y el poder judicial administra la justicia.
Los más de 2000 Abogados integrantes del Frente Nacional Jurídico en Defensa de la Constitución y del Estado de Derecho en toda la República levantamos la voz en contra de los caprichos y ocurrencias de un ejecutivo que olvido que entre sus facultades no está el legislar y que debe atenerse a las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia le convengan o no.

